Como especialistas en reformas en Marbella entendemos la preocupación que suponen los ruidos en las obras tanto en viviendas como en la calle. Estos sonidos pueden resultar molestos y, por ello, existe una regulación específica que los limita. Conocerla evita caer en infracciones que pueden acarrear sanciones.
Horario permitido para hacer ruido en obras
La normativa de ruido en obras regula a través de horarios y medición de decibelios el sonido que puede emanar de una reforma o trabajo de albañilería. Para ello, existe la Ley 37/2003 que da potestad a las comunidades autónomas para establecer los límites de ruido y fijar las sanciones, que pueden oscilar entre los 601 y los 300 000 euros.
A rasgos generales se establece que el horario permitido para el ruido es de 08:00 a 22:00 para los días laborables. Los fines de semana y festivos la franja se reduce, situándose entre las 09:30 y las 21:00. Además, la maquinaria solo podrá emplearse hasta las 20:00.
Finalmente, es competencia de las administraciones locales, las que definen el límite permitido. Los decibelios fijados están bastante generalizados, siendo de 35 durante el día y 30 para la noche.
¿Qué días de la semana está permitido hacer ruido en una obra?
Una de las dudas más habituales se centra en los fines de semana y si las obras están permitidas. La respuesta es sí, se puede continuar con los trabajos, pero la franja horaria de ruido permitido varía a la ya explicada anteriormente.
Es decir, se pueden realizar trabajos durante toda la semana, siempre y cuando se respeten los horarios y límites de ruido.
¿Qué debo tener en cuenta antes?
Los límites establecidos de ruido son muy bajos, los 35 decibelios son una conversación en tono elevado. Esto supone que al realizar una obra se superan de manera continuada. Por ello, es importante tomar las medidas adecuadas.
Esto significa solicitar la licencia de obras al ayuntamiento. Es este el encargado de concederla y el que establece la normativa específica sobre niveles de ruido en esta clase de trabajos.
Además, es una obligación comunicar a la comunidad de vecinos la puesta en marcha del proyecto, la duración del mismo y facilitar información sobre la licencia concedida. Todas las normativas recogen excepciones para poder realizar trabajos específicos fuera de los horarios marcados por causas de fuerza mayor.
En lo referente a los ruidos en las obras, la legislación estatal delega las competencias en comunidades y ayuntamientos. Es importante informarse en el que corresponde para poder realizar el trabajo dando cumplimiento a la normativa vigente y evitar sanciones. Por norma general, existe una limitación horaria, pero no se refleja ningún límite en los días de trabajo permitidos con independencia de sin son laborales o no.
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